Barcelona, 2 de agosto 2022.- Según subraya la patronal Fenadismer, el Consejo de Ministros aprobó el 1 de agosto un Real Decreto que incluye una serie de importantes modificaciones:
Entre otras, Fenadismer apunta que cambia la Ley del Contrato de Transporte, La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres e, incluso, el reciente Real Decreto de medidas para la sostenibilidad del transporte aprobado en marzo de este año, para dar cabida a la denominada Ley de la Cadena de Transporte, que no es un texto en sí, o una Ley como tal, si no la modificación de estas leyes para introducir los principios necesarios para proteger la cadena de transporte:
-Que todos los contratos, a partir de 150 euros tengan que formalizarse por escrito en una carta de porte.
-Se fija el contenido de la carta de porte en el que destaca la obligación de incluir el precio del transporte.
–Sanciones en caso de que se incumpla la obligatoriedad de reflejar el contrato por escrito o se impongan precios, o se cobren precios, por debajo de los costes reales de explotación del porteador efectivo, con referencia al Observatorio de Costes si el porteador no encuentra otra forma de justificar sus costes.
-Especial interés en los contratos de un solo envío o cuando el porteador está en una situación de desequilibrio frente al cargador u operador de transporte.
Además, se ha incluido la regulación de la carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta en relación con la realización de las operaciones de carga y descarga por parte del conductor: es un tema que quedó pendiente al publicarse el Real Decreto 3/2022 que prohíbe al conductor efectuar las labores de carga y descarga salvo unas excepciones entre las que se encuentra ésta, la carga fraccionada. Tendría que haberse regulado mediante un Reglamento, pero la necesidad de que estuviera en vigor el 2 de septiembre, y que el desarrollo de un Reglamento requiere de un proceso más largo, ha hecho que se haya incluido en este Real Decreto.
Fenadismer asegura que se ha dejado para más adelante, se da un plazo de seis meses, es la “revisión de la subcontratación en el transporte de mercancías”. Una de las exigencias era limitar la subcontratación en la cadena de transporte, pero el Ministerio y las organizaciones empresariales, no han encontrado de momento la forma legal de limitar esta cadena de subcontratación.
Las nuevas sanciones
La revista Puerto y Más ha que añadido que habrá multas de hasta 4.000 euros para evitar la contratación de transporte de mercancías por carretera a pérdidas. Según el Gobierno, el objetivo es asegurar una “rentabilidad mínima” y una “utilización justa” de la subcontratación, con medidas acordadas con el sector para mejorar lasrelaciones en la cadena de transporte.
Según el documento aprobado por el Gobierno, el precio del transporte deberá cubrir los costes individuales incurridos por el transportista efectivo, impidiendo la contratación de servicios de transporte a pérdidas.
El precio del transporte tendrá que reflejarse por escrito, y especificarse los gastos “conexos”, es decir, los costes individuales efectivos asumidos por el transportista. Para fijar estos gastos, será válida la estructura de costes recogida en el observatorio de costes del transporte de mercancías por carretera, elaborado por el ministerio de Transportes. Y se fijan multas de hasta 4.000 euros para los infractores.
Además, se establece que el Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación del transporte terrestre de mercancías recoja también compromisos para establecer niveles máximos de subcontratación, y otros aplicables a la contratación de transporte a través de intermediarios y plataformas digitales.
Tras evaluar la efectividad de estas medidas, el ministerio presentará en seis meses un proyecto de ley para reformar la subcontratación en el transporte de mercancías por carretera.
Las ayudas directas a las empresas de transporte terrestre de mercancías y pasajeros, dotada con más de 450 millones de euros, se distribuirán por número y tipo de vehículo. Esta será de hasta 1.250 euros por vehículo en el caso de camiones; de 500 euros por vehículo ligero; autobús, 950 euros; 500 euros por ambulancia, 950 por autobús urbano, 300 por taxi o VTC, y 15.000 euros por locomotora diésel.
En transporte ferroviario, se destinará hasta 1,9 millones de euros a empresas públicas y privadas. Las ayudas se concederán antes del 31 de diciembre de 2022.